El pleno de septiembre aprueba inicialmente la ordenanza que regula las terrazas de restauración y que entrará en vigor el 1 de enero de 2027. Las licencias pasarán a concederse por años naturales y se podrán renovar automáticamente hasta cuatro años.
El pleno del Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda ha aprobado inicialmente la nueva ordenanza que regula las terrazas de bares y restaurantes. El texto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, sustituye la normativa actual y simplifica la tramitación de las autorizaciones, según publica staperpetua.cat. La votación salió adelante con los votos de SPEC, ERC y PSC, mientras que PP, Vox y Cs se abstuvieron.
La principal novedad es el cambio en la duración y el procedimiento de las licencias. A partir de 2027, las autorizaciones se concederán por años naturales, pero los establecimientos podrán indicar qué trimestres del año quieren ocupar la vía pública. Ya no será necesario solicitar una terraza cada trimestre ni mantenerla todo el año si la actividad no lo requiere. Además, se incorpora la renovación automática, que permitirá prorrogar la autorización anualmente hasta un máximo de cuatro años, siempre que se mantengan las condiciones y la persona titular no manifieste lo contrario.
Los establecimientos que inicien la actividad durante el año podrán pedir la autorización en cualquier momento, aunque la licencia concedida finalizará el 31 de diciembre de ese mismo año. La nueva ordenanza también reduce y simplifica la documentación que hay que presentar. Como contrapartida, se establece la obligación de depositar una fianza cuando la instalación incluya tarimas, pérgolas, mamparas u otros elementos que requieran anclajes al pavimento, tanto en la acera como en la calzada. La fianza cubrirá los gastos de retirada de las instalaciones y de restauración del espacio público, así como la reposición del pavimento, y su importe será el que fije la ordenanza fiscal correspondiente.
Los horarios actuales de apertura de las terrazas no se modifican, después de los resultados de una consulta pública previa. Tampoco hay cambios sustanciales en las condiciones generales de ocupación, aunque el texto incorpora y actualiza criterios sobre circulación de peatones y accesibilidad.
En cuanto al aforo, la regulación vigente fijaba un máximo general de 10 módulos, entendiendo cada módulo como una mesa y cuatro sillas. La nueva ordenanza establece como referencia un máximo general de 40 personas, un criterio que tiene en cuenta que las terrazas pueden disponer también de módulos de dimensiones reducidas. Se mantiene la posibilidad de autorizar ampliaciones puntuales en periodos cortos por festividades o celebraciones especiales.
El régimen sancionador mantiene los conceptos de infracción actuales, pero se reorganizan para vincularlos directamente a los artículos de la ordenanza a los que hacen referencia. También se actualizan los importes máximos de las infracciones leves y graves de acuerdo con la normativa estatal de régimen local. Como novedad, se introduce una graduación específica de las sanciones en caso de reiteración de infracciones durante un periodo de un año. Esta modificación afecta especialmente a la gestión de las infracciones relacionadas con las molestias que las terrazas puedan ocasionar a los vecinos.
La nueva ordenanza se aplicará a todas las autorizaciones de terraza con vigencia a partir del 1 de enero de 2027. Las licencias actuales de Santa Perpètua finalizan el 31 de diciembre de 2026, de modo que el cambio de sistema coincidirá con el inicio del año. Para facilitar la transición, el texto incorpora disposiciones transitorias con plazos excepcionales para que los establecimientos tengan tiempo suficiente para presentar las solicitudes de 2027. Quedarán exentas de la nueva fianza las solicitudes de 2027 de establecimientos que ya tuvieran, a 31 de diciembre de 2026, una estructura debidamente autorizada. También se prevé una medida para los locales que hayan tramitado una nueva licencia en los últimos meses de 2026 y que, por el cambio de sistema, tengan una autorización de duración especialmente corta: en estos casos, las ordenanzas fiscales de 2027 establecerán que no deban volver a pagar la tasa correspondiente al trámite administrativo.
El Ayuntamiento ha abierto el periodo para presentar alegaciones a la ordenanza antes de su aprobación definitiva.
